
Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas
Primera Parte, Artículo 1 1. Nadie será sometido a una desaparición forzada. 2. En ningún caso podrán invocarse circunstancias excepcionales tales como estado de guerra o amenaza de guerra, inestabilidad política interna o cualquier otra emergencia pública como justificación de la desaparición forzada.
http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/ConventionCED.aspx

La Convención Sobre los Derechos del Niño
La Convención sobre los Derechos del Niño es el primer tratado internacional especializado de carácter obligatorio que reconoce los derechos humanos de todos los niños, niñas y adolescentes del mundo. A lo largo de sus 54 artículos, establece un marco jurídico inédito de protección integral a favor de las personas menores de 18 años de edad, que obliga a los Estados que la han ratificado a respetar, proteger y garantizar el ejercicio de los derechos civiles y políticos, económicos, sociales y culturales de todas las personas menores de 18 años de edad, independientemente de su lugar de nacimiento, sexo, religión, etnia, clase social, condición familiar, entre otros. OHCHR (1989)
https://www.unicef.org/mexico/informes/convenci%C3%B3n-sobre-los-derechos-del-ni%C3%B1o