Manual repatriación voluntaria: protección internacional

1996Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados Ginebra

Las personas obligadas a huir de su país de origen, principalmente para escapar de amenazas contra su vida, libertad o integridad física, deben estar en capacidad de solicitar y recibir la protección y asistencia de la comunidad internacional. El propósito de la protección internacional no es, sin embargo, que los refugiados sigan siendo refugiados por siempre, sino garantizar que se restaure la pertenencia del individuo a la comunidad y se restablezca la protección nacional, ya sea en su patria o mediante la integración en otros lugares.

Palabras claveJusticia de transicional / posconflicto

Países Global

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