Medidas de reparación no materiales a la luz de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, puntualmente en los casos de Guatemala, Colombia y Argentina

2014Arévalo

Las medidas de reparación no materiales son concebidas por la Corte IDDHH como aquellas que propenden por resarcir a las víctimas en su condición moral y espiritual, sin que para ello medie el reconocimiento particular de dinero. La Corte además de imponerle a los Estados hallados como responsables el pago de indemnizaciones económicas, ha ordenado la implementación de las medidas no pecuniarias, luego de analizar el impacto de las violaciones, la situación particular de las víctimas, la forma como éstas podrían superar en su dimensión moral las lesiones y la manera de evitar su repetición.

Palabras claveautocuidado / justicia y reparación / sobrevivientes / Víctimas

Países Argentina / Colombia / Guatemala

Categorías Publicación